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Hogar de ancianos de Texas no puede deshacerse de los juicios por muerte de COVID-19

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Por Y.Peter Kang

Law360 (16 de junio de 2021, 7:41 p. son reemplazadas por una ley federal relacionada con emergencias de salud pública.

Un panel de tres jueces del Cuarto Tribunal de Apelaciones confirmó por unanimidad el rechazo de un juez del condado de Bexar a una oferta de despido presentada por el Centro de Rehabilitación y Enfermería del Sudeste en dos demandas que acusaban al asilo de ancianos de causar la muerte de los pacientes Ruperto Q. Gutiérrez y Catalina Romero.

El Dr. Mauricio Pinto, un experto médico contratado por los administradores de la finca para los dos pacientes fallecidos, había opinado que la empresa Sureste fue negligente y causó sus muertes porque no proporcionó al personal equipo de protección personal y permitió que el personal infectado o expuesto siguiera tratando a los pacientes. entre otras razones.

Luego, Southeast presentó una moción para desestimar, argumentando ante el tribunal de primera instancia que el informe de Pinto era deficiente porque era "conclusivo" y también "porque la ley federal se adelanta a reclamos como el suyo que involucran equipo de protección personal", según la opinión.

El asilo de ancianos hacía referencia a la Ley federal de Preparación Pública y Preparación para Emergencias, que confiere inmunidad a las "personas cubiertas" durante emergencias de salud pública, según un abogado de los demandantes.

Pero el miércoles, el panel confirmó el fallo del tribunal de primera instancia y dijo que la moción para desestimar debería haberse centrado en cómo el informe pericial de Pinto era deficiente y no explicaba exactamente cómo era concluyente.

“Los apelantes no desarrollaron ningún argumento específico sobre cómo o por qué el informe del Dr. Pinto fue insuficiente o concluyente”, dijo el panel.

El tribunal de apelaciones desestimó los argumentos de suficiencia del informe pericial que Southwest planteó en la apelación y dijo que, dado que el hogar no planteó adecuadamente dichos argumentos en el tribunal de primera instancia, no los conservó para la apelación.

El panel también rechazó el argumento de preferencia federal de Southeast, diciendo que solo se permiten apelaciones relacionadas con la suficiencia o la puntualidad de un informe pericial sobre una base interlocutoria.

“Solo tenemos jurisdicción de apelación interlocutoria para revisar una orden que deniega la moción de desestimación de un proveedor de atención médica sobre la base de que: (1) no se entregó un informe a tiempo; o (2) fue notificado oportunamente con informe deficiente”, señala el dictamen. “Sin embargo, no es lo mismo el argumento de los recurrentes de que las causas de acción en su contra no son legalmente viables porque están prevenidas, que el argumento de que el informe pericial del Dr. Pinto fue deficiente o tardío”.

Un abogado de los demandantes, andres skemp, dijo que estaba satisfecho con la decisión. “Southeast se niega a asumir la responsabilidad por las lesiones de sus residentes, y han tratado de retrasar esto por todos los medios posibles”, dijo. “Nos complace el claro repudio de la corte a ese retraso”.

Un abogado del hogar de ancianos se negó a comentar. Las juezas Rebeca C. Martinez, Patricia O. Alvarez y Beth Watkins formaron parte del panel de la Corte de Apelaciones.

Gutiérrez y Jaramillo están representados por Andrew Skemp y Beth S. Janicek del bufete de abogados Janicek PC.

El hogar de ancianos está representado por Tamara M. Madden, S. Douglas Pritchett Jr. y Cameron Wells de Johnson Trent & Taylor LLP.

Los casos son del Sureste SNF LLC dba Centro de Rehabilitación de Enfermería Sureste et al. v. Ruperto C. Gutierrez Jr. and Southeast SNF LLC v. Delia Jaramillo, casos números 04-21-00026-CV y 04-21-00027-CV, en la Cuarta Corte de Apelaciones del Estado de Texas.

— Edición de Daniel King


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